Ley Número 848 de Transparencia y Acceso a la Información Pública
para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave
Artículo 8
Las leyes, reglamentos, bandos de policía y gobierno, decretos, circulares, acuerdos y demás normas que regulan su actividad
Fracción II. Estructura Organica
La estructura orgánica y las facultades de sus diversas áreas administrativas, incluyendo sus manuales de organización y de procedimientos
El directorio de sus servidores públicos desde el nivel de Funcionario Público hasta los Altos Funcionarios. A partir del nivel del director de área o equivalente, se publica sus curriculos
Fracción IV. Sueldos, Salarios y Remuneraciones
La información relativa a sueldos, salarios y remuneraciones de los servidores públicos, deberá ser publicada de la siguiente forma
Fracción V. Representación y Viáticos
Los gastos de representación, viáticos y todo tipo de erogaciones realizadas por los servidores públicos en ejercicio o con motivo de sus funciones
El domicilio oficial, número telefónico y dirección electrónica de la Unidad de Acceso a la Información Pública
Fracción VII. Planes, Objetivos y Metas
Los planes de desarrollo; los objetivos, metas y acciones contenidas en los programas sectoriales, regionales, institucionales y operativos anuales, que correspondan al sujeto obligado
Fracción VIII. Trámites, Requisitos y Formatos
Los servicios que se ofrecen al público, así como los trámites, requisitos y formatos sugeridos para acceder a ellos y los derechos que deban pagarse
El monto de los presupuestos asignados, los informes emitidos sobre su ejercicio y aplicación. En el Poder Ejecutivo, dicha información será proporcionada y actualizada permanentemente por la Secretaría de Finanzas y Planeación, la que además reportará sobre la situación de las finanzas públicas y la deuda pública del Estado. Tratándose de los Ayuntamientos, estos datos serán proporcionados y actualizados permanentemente por las Tesorerías Municipales
Fracción X. Resultado de Auditorías
Los resultados de las auditorías al ejercicio presupuestal de cada sujeto obligado que realicen, según corresponda, los órganos internos de control, la Contraloría General y el Órgano de Fiscalización Superior y, en su caso, las resoluciones que pongan fin al procedimiento de fiscalización; salvo lo dispuesto en el artículo 12 primer párrafo fracción VII. de la presente ley
Los informes que por disposición de la ley, rindan los titulares de los sujetos obligados
Las enajenaciones y otros actos jurídicos relacionados con bienes públicos, indicando los motivos, beneficiarios o adquirentes, así como los montos de las operaciones
Fracción XIII. Reglas de Operación y Beneficiarios
Las reglas de operación, el padrón de beneficiarios, las sumas asignadas y los criterios de distribución y acceso para los programas de subsidios, apoyos, rescates financieros y otros que impliquen el traspaso u otorgamiento de recursos públicos a particulares, así como los resultados de las revisiones y auditorías practicadas en este rubro, tanto a los sujetos obligados como a los beneficiarios
Las convocatorias a los procedimientos administrativos de licitación pública, licitación restringida o simplificada, incluidos los contratos o pedidos resultantes, además, de elaborarse un listado con las ofertas económicas consideradas. En el caso de los procedimientos administrativos de licitación, los fallos emitidos deberán contener:
Fracción XV. Permisos y Licencias
El registro de licencias, permisos y autorizaciones otorgados, precisando:
El inventario de bienes inmuebles en propiedad o posesión de los entes obligados. Dicho inventario incluirá:
Las cuentas públicas estatal y municipales, así como los documentos relativos, incluyendo el informe de resultados de su revisión y su dictamen
Fracción XVIII. Fondos Auxiliares
El origen de fondos auxiliares especiales y la aplicación que se haya hecho de los ingresos correlativos
Fracción XIX. Acuerdos Concertados
Los acuerdos concertados entre los sujetos obligados, fundaciones y organizaciones de la sociedad civil
Fracción XX. Convenios de Coordinación y Colaboración
Los convenios de coordinación celebrados con otras autoridades y los convenios de colaboración celebrados con particulares
Fracción XXI. Informes ante el IEV (No aplica)
Los informes que presenten al Instituto Electoral Veracruzano los partidos, las organizaciones o agrupaciones de ciudadanos y asociaciones políticas, así como el resultado de las revisiones, auditorías y verificaciones que se practiquen en los procedimientos de fiscalización respectivos
Fracción XXII. Actas y Minutas
Las actas, minutas y demás documentos de las sesiones públicas de los sujetos obligados, incluyendo los de los Cabildos; del Pleno, las Salas y Tribunales del Poder Judicial; del Consejo de la Judicatura del Estado; del Consejo General del Instituto Electoral Veracruzano; y las resoluciones del Congreso del Estado, incluyendo las acciones de fiscalización del Órgano de Fiscalización Superior
Fracción XXIII. Solicitudes de Acceso a la Información
La relación de las solicitudes de acceso a la información pública y las respuestas dadas
Fracción XXIV. Iniciativas de Ley (No aplica)
Las iniciativas de ley presentadas ante el Congreso del Estado, el proceso legislativo y los jurisdiccionales, acuerdos y decretos, así como el Diario de los Debates y la Gaceta Legislativa
Fracción XXV. Anteproyectos de Reglamentos (No aplica)
Los anteproyectos de reglamentos y decretos que elaboren el Poder Ejecutivo, los Ayuntamientos y los órganos autónomos, por lo menos 15 días hábiles antes de la fecha de su aprobación o entrada en vigor por la instancia correspondiente, a fin de considerar las opiniones de los ciudadanos interesados en la materia;
Fracción XXVI. Sentencias y Resoluciones del Poder Judicial (No aplica)
El Poder Judicial del Estado deberá hacer públicas las sentencias y resoluciones que hayan causado estado o ejecutoria, dentro de las que deberá solicitarse a las partes que manifiesten en el plazo de ocho días hábiles su oposición a la publicación de sus datos personales; de no manifestarlo así se tendrá por afirmativa su publicación
Fracción XXVII. Controversias (No aplica)
Las controversias constitucionales planteadas por los sujetos obligados, aquellas en las que se les hubiera demandado o en las que resulten terceros interesados
Fracción XXVIII. Contratos, Convenios y Condiciones Generales de Trabajo
Los contratos, convenios y condiciones generales de trabajo que regulen las relaciones laborales del personal sindicalizado y de confianza que se encuentre adscrito a los Sujetos Obligados; así como el monto de las transferencias o apoyos económicos que se desprendan de lo anterior
Fracción XXIX. Estados Financieros
Los estados financieros del Estado y de los municipios
Fracción XXX. Montos de Recursos Públicos para Particulares
Los montos y nombre de las personas a quienes por cualquier motivo se entregue recursos públicos, así como los informes que dichas personas les entreguen sobre el uso y destino de dichos recursos
Fracción XXXI. Información Relevante
Toda otra información que sea de utilidad o se considere relevante, además de la que con base en la información estadística, responda a las preguntas hechas con más frecuencia por el público.
Fracción XXXII. Catálogos documentales de archivo
Los catálogos documentales de sus archivos administrativos
Fracción XXXIII. Actividades específicas relevantes
La relativa a sus actividades específicas más relevantes, que deberá incluir los indicadores de gestión utilizados para evaluar su desempeño; respecto de estos últimos deberán incluir su marco lógico o de referencia
Fracción XXXIV. Servidores públicos comisionados
Una relación de los servidores públicos comisionados por cualquier causa, incluso de carácter sindical
Fracción XXXV. Información Poder Ejecutivo (No aplica)
Adicionalmente, el Poder Ejecutivo deberá publicar en Internet la siguiente información:
a). Las estadísticas e indicadores de gestión de la procuración de justicia;
b). En materia de averiguaciones previas: estadísticas sobre el número de averiguaciones previas que fueron desestimadas, en cuáles se ejercitó acción penal, para cuáles se decretó el no ejercicio, cuáles se archivaron y los recursos de queja interpuestos;
c). El listado de expropiaciones por causa de utilidad pública;
d). El listado de patentes de notarios otorgadas, en términos de la Ley respectiva; y
e). La información que sea de utilidad o resulte relevante para el conocimiento y evaluación de las funciones y políticas públicas responsabilidad de cada dependencia y entidad;
Fracción XXXVI. Información Poder Legislativo (No aplica)
El Poder Legislativo, además deberá hacer pública en Internet la siguiente información:
a). La agenda legislativa;
b). Las listas de asistencia y votación de cada una de las sesiones; y
c). El informe sobre el ejercicio de las partidas presupuestales que se asignen a los Grupos Legislativos;
Fracción XXXVII. Información Poder Judicial (No aplica)
Adicionalmente, el Poder Judicial deberá publicar en Internet la siguiente información:
c). Las convocatorias a concursos para ocupar cargos jurisdiccionales y los resultados de los mismos; y
d). Los perfiles y formas de evaluación del personal jurisdiccional y administrativo;
Fracción XXXVIII.- Información Municipios (No aplica)
Los Ayuntamientos deberán hacer pública, en las mesas o tableros o en su oportunidad, en Internet, la siguiente información:
a). Estadísticas e indicadores del desempeño de los cuerpos de policía municipal;
b). Las cantidades recibidas por concepto de multas, así como el uso o aplicación que se les da;
c). Los indicadores de gestión de los servicios públicos que presten los Ayuntamientos;
d). El calendario con las actividades culturales, deportivas y recreativas, a realizar; y
e). Los controles de asistencia de los integrantes del Ayuntamiento a las sesiones de ese cuerpo colegiado;
Fracción XXXIX.- Información cuerpos de policía (No aplica)
En relación con los cuerpos de policía, ya sea preventiva o ministerial, tanto estatales como municipales, los sujetos obligados deberán publicar, además, la siguiente información:
a). Los mecanismos de supervisión policial, los registros de reportes de supervisión, así como los medios para inconformarse con un reporte de supervisión;
b). Los criterios y un informe anual de evaluación del desempeño policial;
c). Los protocolos de uso de la fuerza, incidentes reportados de oficio, incluyendo uso de armas letales y no letales;
d). Los lugares y medios de acceso para presentar quejas y el formato para ellas, así como el plazo para su interposición;
e). Número, características y frecuencia de quejas sobre incidentes de uso de la fuerza, tanto en los órganos internos de la policía, la disciplina administrativa, la justicia penal y la revisión de las comisiones de derechos humanos, así como las medidas adoptadas al respecto;
f). El plan de seguridad pública, incluyendo diagnóstico, objetivos, líneas de acción e informe anual de evaluación de instrumentación;
g). Las convocatorias, plazos, requisitos, formatos para presentar postulaciones, exámenes y resultados de los concursos de selección, así como los programas y resultados de la capacitación inicial;
h). El programa de capacitación permanente; e (SIC)
i). Las convocatorias de ascensos, criterios, procesos de decisión y criterios de separación del cargo
Fracción XL.- Información autoridades electorales (No aplica)
Adicionalmente, las autoridades electorales deberán hacer pública, en Internet, la siguiente información:
a). Los expedientes sobre quejas resueltas por violaciones al Código Electoral;
b). Listados de partidos políticos y demás asociaciones políticas registrados ante la autoridad electoral;
c). El registro de candidatos a cargos de elección popular;
d). Montos de financiamiento público, por actividades ordinarias, de campana y específicas otorgados a los partidos y demás asociaciones políticas; así como el monto autorizado de financiamiento privado y los topes de los gastos de campanas;
e). Los informes sobre el monto, origen, empleo y aplicación de los ingresos que los partidos políticos y demás asociaciones políticas reciban, por cualquier modalidad de financiamiento;
f). Los cómputos totales de las elecciones y procesos de participación ciudadana llevados a cabo en el Estado;
g). Las listas de acuerdos, las sentencias relevantes con los respectivos votos particulares si los hubiere; y
h). La demás que resulte relevante sobre sus funciones;
Fracción XLI.- Partidos, asociaciones y agrupaciones políticas (No aplica)
Adicionalmente, los partidos, asociaciones y agrupaciones políticos (SIC) deberán publicar, en Internet, la siguiente información:
Fracción XLII.- Información CEDH (No aplica)
Además, la Comisión Estatal de Derechos Humanos deberá hacer pública, en Internet, la siguiente información:
a). Las recomendaciones enviadas, su destinatario y el estado que guarda su atención;
b). Los recursos de queja e impugnación, el estado procesal en que se encuentran y, en el caso de los expedientes concluidos, el concepto por el cual llegaron a ese estado; toda esta información por destinatario de la recomendación; y
c). Las estadísticas sobre las denuncias presentadas que permitan identificar el género de la víctima, su ubicación geográfica, edad y el tipo de queja;
Fracción XLIII.- Universidades Públicas (No aplica)
Las universidades públicas deberán poner en Internet a disposición del público, la siguiente información:
Fracción XLIV.- Información IVAI (No aplica)
El Instituto deberá hacer pública, en Internet, la siguiente información:
Declaración Patrimonial
En el caso de la información contenida en la declaración de situación patrimonial que los servidores públicos presenten en los términos de la ley de la materia, será publicada cuando los declarantes autoricen su divulgación.